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Los nuevos Operadores de Confianza por Control

Los nuevos Operadores de Confianza por Control

LA REFORMA ADUANERA DE LA UE PROPONE LA CREACIÓN DE UN NUEVO RECONOCIMIENTO PARA AQUELLOS OPERADORES QUE SEAN MÁS FIABLES Y TRANSPARENTES DENTRO DE LA CADENA DE SUMINISTRO. UNOS NUEVOS ‘SÚPER OPERADORES’ QUE GOZARÁN DE GRANDES BENEFICIOS Y QUE TRANSFORMARÁN LOS PROCESOS ADUANEROS

El nuevo entorno socioeconómico europeo, influido directamente por la digitalización, la globalización y el auge del comercio electrónico, ha favorecido el incremento de la actividad comercial entre la Unión Europea con países extracomunitarios. Como consecuencia de esto, la actividad aduanera se ha intensificado ya que el número de operaciones de importación y exportación ha aumentado de forma significativa.

Por este motivo, el sistema aduanero está atravesando momentos de tensión provocados por un cierto colapso, debido al número de operaciones y a la cantidad de trámites y requisitos de información que hay que facilitar para autorizar las entradas y salidas de mercancías. El resultado es un mercado europeo que está perdiendo competitividad frente a otros entornos internacionales.

Para revertir esta situación y devolver el atractivo al mercado de la UE, la Comisión Europea planteó, en el mes de mayo, llevar a cabo una profunda reforma del sector de las aduanas con la presentación del “Código Aduanero y la Autoridad Aduanera de la Unión Europea”. A través de esta propuesta, el Gobierno de la Unión persigue la armonización de la legislación para todo el territorio, reducir la burocracia, luchar contra el fraude y agilizar el flujo de mercancías.

Los nuevos Operadores ‘Trust and Check’. Más fiables y más transparentes

Una de las propuestas incluidas en la reforma consiste en la creación de un nuevo estatus de prestigio para aquellos operadores de la cadena de suministro que demuestren un alto grado de fiabilidad y transparencia: el estatuto del Operador de Confianza por Control “Trust and Check”.

El nuevo estatuto pretende ir un paso más allá en la relación que existe entre los actuales Operadores Económicos Autorizados (OEA) y las autoridades aduaneras, obteniendo un compromiso aún mayor de fiabilidad y transparencia por parte de los operadores, a cambio de otorgarles importantes privilegios que les permitirán trabajar de forma más independiente, pero con mayor responsabilidad.

El objetivo es que los nuevos Operadores de Confianza por Control trabajen de un modo más autónomo descargando en ellos parte de la actividad que actualmente realiza la administración aduanera para facilitar el flujo de mercancías.

El nuevo estatuto certificará a estos actores como operadores más fiables y transparentes, dos premisas fundamentales que suponen los ejes centrales de este reconocimiento:

Por un lado, la “fiabilidad”, lo que implica contar con un alto nivel de eficacia, profesionalidad y saber hacer que deben haber demostrado con anterioridad en el pasado y certificar de forma constante en el futuro.

Y por otro, la “transparencia”, que les obliga a mostrar con total claridad y en todo momento los datos de sus operaciones. Esto supone poner a disposición de los sistemas informáticos de la autoridad aduanera todos los registros de sus operaciones comerciales, de forma constante y en tiempo real.

Los operadores ‘Trust and Check’ podrán realizar el autolevante de sus mercancías

Los operadores ‘Trust and Check’ podrán realizar el autolevante de sus mercancías

El autolevante de las mercancías para mejorar el flujo de las mismas

A cambio de cumplir con estas dos condiciones ineludibles, el nuevo estatuto otorga los Operadores “Trust and Check” importantes beneficios frente a otros actores de la cadena de suministro, incluso por encima de los obtenidos por los OEA.

Además de gozar de menos controles físicos y documentales de sus operaciones, los Operadores de Confianza por Control dispondrán de una novedosa ventaja que viene a modificar la operativa aduanera tal y como la hemos conocido hasta ahora.

Y es que, estos nuevos operadores, tendrán la potestad de proceder al levante de las mercancías por cuenta de las aduanas sin necesidad de la intervención activa de éstas, siempre y cuando la información correspondiente esté disponible de antemano y las mercancías no hayan sido seleccionadas previamente para su control.

Esto se debe a que, puesto que estos nuevos operadores gozan de un plus de confianza y conceden a las autoridades el pleno acceso a todos los datos de sus operaciones; como contraprestación, la Autoridad Aduanera les va a facultar a realizar el levante de mercancías para su inclusión en cualquier régimen aduanero de entrada o de salida de forma autónoma. Es decir, que trabajarán bajo la vigilancia de las autoridades, pero no necesitarán de su intervención directa. No obstante, las autoridades aduaneras podrán ejercer el control sobre las mercancías en cualquier momento.

Esta importante prerrogativa concederá a estos operadores gran autonomía ya que ellos serán los encargados de realizar las operaciones aduaneras sin depender de autorizaciones previas. Pero a su vez les arroja una gran responsabilidad puesto que recaerá sobre sus hombros el cumplimiento de la normativa y de cualquier otra disposición aduanera. Ellos serán los responsables de evaluar todo el proceso y, en el momento en que detecten alguna irregularidad o anomalía, deberán informar de forma inmediata a la Autoridad Aduanera para que sean ésta quien decida sobre el levante.

¿Qué requisitos son necesarios para obtener este reconocimiento?

El acceso al nuevo estatuto de Operador de Confianza por Control estará abierto a cualquier operador de la cadena de suministro que lo solicite y que cumpla con determinadas condiciones:

– Estar ubicado o registrado dentro del territorio de la UE.

– Cumplir con una serie de requisitos necesarios.

– Haber efectuado regularmente operaciones aduaneras durante al menos 3 años.

Los requisitos necesarios para obtener el nuevo estatuto serán idénticos a los que ya deben cumplir los actuales OEA, es decir: inexistencia de infracciones, contar con un alto nivel de control de sus operaciones, solvencia financiera demostrable, nivel adecuando de competencias y cualificaciones profesionales, nivel de seguridad, protección y cumplimiento adecuados…

La novedad se presenta en la obligación de garantizar la trasparencia del operador frente a las autoridades aduaneras. Para poder demostrar fehacientemente esta condición, los nuevos operadores deben disponer de un sistema informático que facilite o ponga a disposición de las autoridades aduaneras, en tiempo real, todos los datos sobre la circulación de las mercancías y la conformidad del importador o exportador con todos los requisitos aplicables a dichas mercancías.

Para certificar el cumplimiento de todas las condiciones necesarias para obtener el reconocimiento como “Trust and Check”, las autoridades aduaneras efectuarán, al menos cada 3 años, un seguimiento exhaustivo de las actividades y los registros internos del Operador de Confianza por Control. Además, deberá informar a las autoridades, de forma inmediata, de cualquier cambio en su estructura corporativa, propiedad, situación de solvencia, modelo comercial o cualquier cambio significativo con el fin de que la autoridad aduanera reevalúe su adjudicación del estatuto y pueda validarlo, suspenderlo o revocarlo.

Los nuevos operadores deberán compartir, en tiempo real, la información de sus operaciones con la autoridad aduanera

Los nuevos operadores deberán compartir, en tiempo real, la información de sus operaciones con la autoridad aduanera

Otras ventajas significativas

Además del levante de las mercancías por cuenta de las aduanas, el nuevo estatuto permitirá a estos operadores disfrutar de otros importantes beneficios:

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Inclusión de las mercancías en un régimen aduanero

Inclusión de las mercancías en un régimen aduanero

Los Operadores de Confianza por Control podrán incluir mercancías en cualquiera de los regímenes aduaneros incluso facilitando parte de los datos necesarios con posterioridad al levante. Esto es gracias a la confianza en la seguridad y la buena ejecución de las operaciones de estos operadores que la autoridad aduanera deposita en ellos. Además, estarán autorizados para la explotación de los depósitos aduaneros y el movimiento de mercancías entre ellos.

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Aplazamiento del pago de la deuda aduanera

Aplazamiento del pago de la deuda aduanera

Las autoridades aduaneras podrán autorizar a los Operadores “Trust and Check“ a que calculen la deuda aduanera con posterioridad al levante de las mercancías durante un período de tiempo que no podrá exceder los 31 días naturales. Ya que estos operadores son considerados como más fiables, la Autoridad Aduanera les permitirá aplazar el cálculo cuando, por ejemplo, no sea posible determinar el valor definitivo de la mercancía en aduana al estar vinculada a contratos futuros o si tienen algún retraso en la obtención de los documentos justificativos pertinentes.

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Sustitución del Régimen de Tránsito por vigilancia aduanera

Sustitución del Régimen de Tránsito por vigilancia aduanera

En el caso de mercancías importadas o exportadas por un Operador de Confianza por Control, estas mercancías quedarán sujetas a un régimen suspensivo bajo vigilancia aduanera hasta su destino final sin la obligación de incluirlas en un régimen de tránsito.

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Se modifica el lugar en donde se origina la deuda de derechos de importación

Se modifica el lugar en donde se origina la deuda de derechos de importación

En el caso de los Operadores de Confianza por Control la deuda se originará en aquel Estado miembro donde el operador esté ubicado y no en el lugar donde la mercancía entre al territorio de la Unión.

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Garantías reducidas

Garantías reducidas

Las autoridades aduaneras autorizarán a los Operadores de Confianza por Control a constituir una garantía global para potenciales deudas aduaneras con un importe reducido.

Los agentes de aduana deberán asumir más responsabilidad sobre la mercancía de sus clientes

Los agentes de aduana deberán asumir más responsabilidad sobre la mercancía de sus clientes

Una figura aduanera que nace con polémica

A pesar de los beneficios y del cambio en el modelo de aduanas que supone la creación de este nuevo estatuto, la figura del Operador de Confianza por Control ha sido recibida con cierto recelo dentro del sector de los representantes de aduanas ya que, como hemos comentado antes, estos grandes beneficios también conllevan una gran responsabilidad.

Y es que, según la propuesta presentada por la Comisión Europea, los actores de la cadena de suministro que obtengan este certificado sólo serán reconocidos como Operadores de Confianza por Control en dos casos:

– Cuando un actor de la cadena de suministro que haya obtenido el estatuto actúe como representante aduanero directo de sus mercancías.

– En el caso de los representantes aduaneros que tengan el estatuto de Operador de Confianza por Control y que actúen en calidad de representantes indirectos.

Por lo tanto, parece que la figura del Operador de Confianza por Control está más diseñada para aquellos que actúan bajo la representación directa, pero no tanto para los que, como los agentes de aduanas, actúen en representación indirecta.

En este caso, para hacer valer su condición de Operadores “Trust and Check” y tener acceso los beneficios que proporciona, los representantes indirectos deben asumir un nivel de responsabilidad sobre las mercancías de sus clientes muy superior al que se les ha exigido con anterioridad.

Si bien es cierto que la solicitud del reconocimiento de Operador de Confianza por Control es totalmente voluntaria y que esta figura no viene a sustituir a la del OEA para Seguridad y Protección, sino que ambas deberán convivir, el hecho de que el nuevo estatuto pueda perjudicar a determinados actores de la cadena de suministro está provocando reacciones adversas. Por eso el sector afronta con calma la presentación de la reforma y se dispone a realizar las propuestas necesarias para adaptar el estatuto a las necesidades de todos los operadores.

Por lo tanto, es previsible que, antes de que la nueva normativa aduanera entre en vigor, ésta sufra ciertas modificaciones con el objetivo de conseguir la conformidad de todos los implicados en los procesos de importación y exportación.

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